El ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián, la ministra de Igualdad, Bibiana Aído, y el presidente de la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA), Juan Ramón Quintás, han firmado un convenio por el que han acordado que mujeres emprendedoras y empresarias reciban microcréditos sin la necesidad de presentar avales personales.

El acuerdo permitirá a las mujeres beneficiarias obtener financiación para la puesta en marcha, promoción, consolidación, crecimiento y mejora de proyectos empresariales. El porcentaje máximo de la financiación será del 95 por ciento del coste total del proyecto, teniendo cada préstamo una cuantía máxima de hasta 25.000 euros.
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El Tribunal Supremo ha establecido que el arrendamiento de industria no se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 (LRAU), sino, por el Código Civil, por lo tanto, no se puede ejercitar la acción de retracto.

El Alto Tribunal confirma así la validez de su doctrina con la actual Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994. Hasta el momento sólo se había pronunciado al respecto estando en vigor la de 1964.
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El consejo rector de una entidad bancaria jienense facultó al director de dicha institución a que hiciese entrega durante la comida de navidad de una colación valorada en 600 euros a cada uno de los empleados asistentes. El director entregó un cheque por valor de 600 euros a cada uno de estos. El comité de empresa de la entidad solicitó que quienes no habían podido asistir a la comida cobrasen también dicha cantidad, circunstancia que concintó con la negativa de la empresa.

En la presente resolución la Sala considera que el pago resultó “efectivamente, una paga extraordinaria y como tal obligatoria para la empresa y a la que tienen derecho todos los trabajadores”. Y considera discriminatoria la medida de cara al resto de componentes de la plantilla.

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Las empresas que incumplan la normativa de operaciones vinculadas en sus obligaciones de describir y justificar que las transacciones efectuadas se hicieron a valor de mercado podrían enfrentarse a sanciones que podrían superar el millón de euros, según las conclusiones de las jornadas organizadas por Bové Montero y Asociados y la Cámara de Comercio franco-española sobre operaciones vinculadas.

“El contribuyente español no tenía obligación de declarar las operaciones vinculadas hasta la aprobación de la normativa en 2006, que modificó los precios de transferencia”, según explicó el inspector jefe de Fiscalidad Internacional de la Agencia Tributaria, Felipe Rubio.
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Los expertos consideran que el Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Público aliviará de cargas administrativas a las compañías y les garantizará más transparencia en la adjudicación de concursos.

Mayor control que, en este caso, significa agilidad y transparencia para la empresa que se presenta a un concurso. Es lo que supone el primer Reglamento de desarrollo parcial de la Ley de Contratos del Sector Público, que recogió el BOE el pasado 15 de mayo. Así lo creen los expertos, quienes también recuerdan que la Administración se ha dejado varios aspectos en el tintero que deberá acometer en el futuro.
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Las pymes que no realicen actividad económica y que sólo se dediquen a la tenencia de valores o inmuebles no podrán beneficiarse del régimen especial del impuesto de sociedades, según una resolución aclaratoria que acaba de dictar el TEAC.

Los pequeños conglomerados empresariales, las sociedades de inversión y las propietarias de inmuebles, que no cuenten con otra actividad económica que el rendimiento que generen las participaciones, los dividendos, los valores o las rentas de alquiler deberán cotizar al tipo general del impuesto de sociedades, el 30%, en vez del 25% del que goza el régimen especial de pymes de reducida dimensión para los primeros 120.000 euros de base imponible.
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