La DGT estima, a diferencia de los pronunciamientos del TEAC y del Tribunal Supremo, que existe periodo de generación.
Las indemnizaciones en un expediente de regulación de empleo (ERE) que superen la cantidad que está exenta en IRPF tienen derecho a la reducción del 40% aunque se cobren de forma fraccionada, si el cociente resultante de dividir el número de años de generación entre los períodos impositivos de fraccionamiento es superior a dos. Así lo confirma una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT), que ratifica su postura, frente a algunos pronunciamientos contrarios a la existencia de periodo de generación del TEAC y del Tribunal Supremo.
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