El éxito de la legislación concursal alemana frente a la española se debe en buena medida a la limitación del plazo que tiene el administrador para solicitar el concurso, que es de tres semanas desde que conoce la insolvencia; al seguro de carácter público obligatorio de insolvencia que pagan todos los empresarios y al Kurzarbeit (Reducción de Tiempo de Trabajo), según señala el abogado alemán Michael Pluta, fundador de la firma de abogados internacional, especializada en insolvencias empresariales Pluta Abogados GmbH.

Además, en el 95% de los casos en que el administrador y el gerente son la misma persona, la administración concursal se hace cargo de la reestructuración y la empresa se vende a un tercero, una vez saneada, “porque en la mayoría de las empresas que acaban en liquidación, ésta se debe a una mala gestión”, apunta Martin Prager, director de la firma en Munich.
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Los jubilados que reciben pensiones altas, entendidas en la mayoría de los casos como superiores al salario medio, podrían terminar pagando sus medicamentos igual que cualquier ciudadano con empleo.

Ésta es la medida que defienden ocho CC.AA.: Galicia, Asturias, País Vasco, Castilla y León y Murcia y que, según las fuentes consultadas, Madrid, Comunidad Valenciana y Cataluña estarían dispuestas a aceptar si no fuera posible un reforma más profunda. Se trata de una medida más para atajar el descontrolado gasto autonómico.
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La Sala de lo Social, en una reciente sentencia, limita los efectos de la anulación del despido al pago de los salarios que el trabajador debió cobrar desde el día del cese hasta el del fin del contrato.

La extinción del contrato de trabajo temporal se produce cuando llega el día pactado, incluso si vence durante la tramitación de un proceso de despido. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una reciente sentencia, dictada en Sala General. La consecuencia de esta decisión es que, aún en los casos en los que el despido se declare nulo, la empresa sólo tendrá que pagar al trabajador los salarios que debió cobrar desde el día del cese hasta el del fin del contrato.
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha anulado el acta levantada por la Agencia Tributaria a una empresa a la que reclamó una deuda de 32.400 euros, al considerar que unas facturas justificativas de gastos utilizadas para desgravar el IVA, respondían a servicios simulados.

La sentencia del TSJ, a la que ha tenido acceso Efe, señala que la Agencia Tributaria, en una resolución respaldada por el Tribunal Económico-Admistrativo, efectuó una liquidación por el IVA a la empresa “P. y C.L., S.A.”, en la que no admitió unas facturas por importe de 33.000 euros y extendidas por “E., S.L.” “porque no obedecen a operaciones reales”.
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La noticia se ha publicado hoy en El País, la nueva normativa que el Banco de España va a imponer a bancos y cajas de ahorros puede suponer un aumento de la restricción en el acceso al crédito y un encarecimiento de las condiciones, que afectaría, en mayor medida, a las pymes.

Según esta noticia, esta nueva normativa será anunciada la próxima semana por el Banco de España. Estas condiciones obligarán a las entidades a ser más selectivas a la hora de conceder préstamos sin garantías reales, es decir si en aval de inmuebles, dinero o acciones, lo que afectará en mayor medida a los créditos que piden las pymes, las sociedades de mayor tamaño y los denominados créditos al consumo, que se usan para financiar la compra de coches, electrodomésticos, etc.
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La Abogacía Joven, reunida en Barcelona en su XVI Congreso Estatal, considera que la libertad de honorarios, que establece la Ley Ómnibus, potencia el desequilibrio entre los distintos tipos de bufetes. Así se expone en las conclusiones provisionales del Congreso, que mañana sábado deberán ser ratificadas por los más de 200 letrados que participan en el congreso de la Confederación de Abogados Jóvenes (CEAJ), que preside Mayte López Pérez-Cruz.

En la ponencia sobre la Ley Ómnibus, las asociaciones de abogados jóvenes de Madrid, Granada y Sevilla apuntan a que la supresión de la función de los Colegios de fijar baremos orientativos de honorarios o cualquier otra recomendación sobre precios, junto con la de las restricciones a la publicidad, hará que los grandes despachos se lancen a poner en marcha campañas de captación de clientes. A juicio de los ponentes, la infraestructura de las grandes firmas de abogados les permite asumir una importante bajada de precios a cambio de incrementar el número de clientes potenciales, una situación frente a la que los despachos tradicionales o los unipersonales no tienen posibilidad de competir. Esta situación puede poner la supervivencia de este tipo de despachos en el mercado.
En este sentido, las conclusiones del Congreso también dejan constancia de que la nueva normativa , aunque evita imposiciones injustas que se venían produciendo en el marco de las Corporaciones profesionales, también abre la puerta a otros problemas como puede ser “la falta de control sobre las actividades que puedan desarrollar los profesionales”.
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PERMISOS. Derecho de los trabajadores de Telefónica, cuyos familiares de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad hayan sido hospitalizados con motivo del parto de un hijo, a disfrutar del permiso retribuido del artículo 37.3 b) ET. Evitación de una discriminación por razón de sexo. No se puede diferenciar la hospitalización por enfermedad de la hospitalización por parto.

Aunque es cierto que el parto no merece el calificativo de enfermedad, a efectos hospitalarios, el ingreso de la parturienta es como el de cualquier enfermo patológico y tiene por fin la prestación a la misma y al hijo que va a nacer de los servicios hospitalarios precisos en esa situación de riesgo para su vida. Basta con la hospitalización para que se genere el derecho al permiso, sin ser precisa enfermedad más o menos grave de la mujer parturienta. El legislador, no limita los permisos con ocasión del parto a los que disfruta el padre que tiene un hijo, porque el padre puede faltar o estar ausente y esa falta no libera a la mujer que da a luz de necesitar la ayuda de un familiar próximo.
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La reducción de las horas de trabajo durante los meses de verano es una buena noticia para los trabajadores. Pero también es importante saber gestionar la nueva jornada para ganar en productividad.

Con la inminente reducción de jornada a la que se acogen gran parte de empresas en España por la llegada de los meses de verano, la Comisión Nacional para la Racionalización de los Horarios Españoles ha hecho públicos aconseja seguir una serie de pautas para gestionar adecuadamente la jornada intensiva y aumentar la productividad de los empleados.
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea afirmó hoy que las empleadas dispensadas de trabajar o destinadas a otro puesto a causa de su embarazo tienen derecho a recibir tanto su salario base mensual como los complementos ligados a su condición profesional, como los relacionados con su cargo jerárquico.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha dado luz verde a que las empleadas dispensadas de trabajar reciban tanto su salario base mensual como complementos profesionales. Sin embargo, no pueden reclamar aquellos complementos destinados a compensar los inconvenientes derivados del ejercicio de funciones específicas -como las primas por flexibilidad horaria en las guardias- cuando no ejercen efectivamente esas tareas, precisa la máxima instancia judicial de la UE.
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Hace unos años y, no muchos, era impensable que en España las empresas optasen por solicitar servicios de outplacement. Esta técnica, surgida tras la Segunda Guerra Mundial en EEUU ante la necesidad de recolocar el excedente de soldados, comienza a despegar en España en el año 2000.

Por este motivo, todavía existe un desconocimiento de las ventajas y el proceso en que consiste un programa de outplacement. Sin embargo, la crisis económica ha popularizado este término ya que las empresas se ven inmersas en arduos procesos de despidos y requieren el asesoramiento de expertos que ayuden, tanto a la empresa como al ex empleado, a superar este doloroso trámite.
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Más de mil pymes podrán elaborar sus memorias de Responsabilidad Social Corporativa de manera gratuita gracias al convenio de colaboración entre Caja Navarra y el ICO. En torno a 1.300 pymes podrán beneficiarse de este convenio que acaba de ser renovado, un año más.

El año pasado un total de 1.114 pymes españolas publicaron su primera memoria de Responsabilidad Social Corporativa gracias a esta iniciativa, y se interesaron por ella casi 2.600 empresas españolas. Lo que dá una idea del interés que despierta este tema, sobre todo teniendo en cuenta la poca difusión sobre el convenio que se ha proporcionado en las anteriores convicatorias.
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La falta de pago de los salarios durante un dilatado periodo de tiempo se puede equiparar a un atentado a la dignidad del trabajador, lo que supone una excepción a la obligación de continuar prestando servicios hasta que no recaiga una resolución judicial, según afirma una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de 29 de abril de 2010.

El ponente, el magistrado Librán Sáinz de Baranda, afirma en sus consideraciones, que en períodos de dos, tres o cuatro meses de retraso en la percepción de los salarios, se produce una situación, inaguantable para la persona que presta su trabajo y no es remunerada.
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Según el informe La Justicia dato a dato, del Consejo General del Poder Judicia (CGPJ), presentado hoy, en todos los órdenes jurisdiccionales la confirmación total de sentencias recurridas, supera el 94%.

El informe La Justicia dato a dato, elaborado por el CGPJ y dado a conocer hoy, refleja que él índice de confirmación de sentencias recurridas es muy elevado, superando el 94%, manteniéndose una alta estabilidad en 2009 respecto a los datos de 2008. “En el orden contencioso-administrativo es donde mas se recurre. Se recurre hasta un cuarto de las sentencias que se dictan pero el índice de confirmación es muy elevado”, apuntó el vocal Miguel Carmona en la presentación a los medios.
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