El empresario no puede perjudicar al empleado que cumple con el deber de ser miembro de un jurado en un proceso penal. Si lo hace, extinguiendo el contrato, la decisión será anulada por los tribunales.
La ausencia del puesto de trabajo para formar parte del Jurado de un tribunal impide el despido. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha establecido que las empresas no pueden castigar así a los empleados porque, de lo contrario, la sanción será considerada nula al lesionar el derecho a colaborar con la Administración de Justicia.
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