La reducción de jornada como alternativa al despido empieza a ganar peso en España: en 2010 cerca de 40000 trabajadores se vieron afectados por este tipo de regulaciones de empleo (ERE), casi el doble que en 2009.

La reforma laboral se aprobó en septiembre. Desde entonces el uso de estos ERE se ha multiplicado. Más de la mitad de los trabajadores afectados en 2010 por reducciones de jornada lo fueron entre octubre y diciembre, más que en todo el año anterior, según el Ministerio de Trabajo.
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La ministra de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia, presentó ayer diez medidas de apoyo a la innovación para facilitar el crecimiento y la generación de empleo en las empresas que apuesten por I+D+i. El paquete de medidas, consensuado con los agentes sociales, se incluye en el marco del Acuerdo Social y Económico rubricado el 2 de febrero.

Entre las medidas se cuenta el aumento en un 15% respecto a 2010 de los fondos dedicados a la financiación de proyectos por el CDTI o el mantenimiento de la exención de avales y garantías financieras a las pymes.
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Cuando un departamento comercial se ve en la tesitura de tener que desarrollar un plan de previsión a partir del cual marcar la cuota de ventas de sus comerciales puede surgir un conflicto entre su estimación y la de la gerencia de la empresa. Por ello se hace especialmente importante una correcta planificación del proceso burocrático a la hora de confeccionarlo.

Según va creciendo una empresa se va desligando levemente el departamento comercial del de dirección general. Es algo normal dada la necesidad de delegar funciones y potenciar otras áreas de la compañía, aún así la labor de ventas siempre constituirá el corazón de un negocio dedicado al comercio o distribución de productos o servicios. Entonces ¿en quién debe recaer la función de creación del plan de previsión de ventas? y ¿cómo se debería planificar?
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Las empresas que realicen planes de movilidad y seguridad vial podrán reducir las cotizaciones a la Seguridad Social.

Los ministros de Interior y Trabajo firman un acuerdo de colaboración para prevenir los accidentes de tráfico relacionados con el trabajo En 2009 se produjeron 68.833 accidentes de tráfico laborales
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El nuevo convenio actualiza el vigente hasta ahora, que se firmó en 1966 y había quedado obsoleto en algunos aspectos.

Esta actualización ha permitido adaptarlo tanto a las necesidades derivadas de las actuales relaciones económicas y comerciales entre España y Alemania, como a los sucesivos cambios que se han ido produciendo en el Modelo de Convenio de la OCDE para evitar la doble imposición.
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El Tribunal de Justicia de la UE declaró ayer ilegal la norma que permite a las compañías aseguradoras calcular el precio de sus pólizas en función del sexo del cliente. La patronal europea del seguro calificó la sentencia como “mala noticia” y anticipó un encarecimiento en algunos productos.

El Tribunal de Justicia Europeo forzó ayer al sector asegurador a acometer una de las mayores revoluciones en la historia de los cálculos de los riesgos de sus clientes. A partir del 21 de diciembre de 2012, las compañías aseguradoras no podrán tomar en cuenta el género a la hora de fijar el precio de sus servicios, una variable utilizada en casi toda Europa para diferenciar entre las primas que pagan hombres y mujeres por productos como el seguro del automóvil o el de vida.

La histórica sentencia anula la excepción que desde 2004 permite a las aseguradoras esquivar la prohibición de discriminación por sexo en el acceso a bienes y servicios. La directiva europea aprobada hace siete años permitió esa salvedad con carácter temporal. Pero los jueces comunitarios han decidido ponerle fecha de caducidad para evitar que se prolongue indefinidamente.
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Podemos pensar que en caso de que una empresa despida a un trabajador la cantidad que debemos tomar como referencia para el cálculo de la indemnización ha de ser el salario real que éste percibe, pero ¿qué ocurre si la retribución que recibe está por debajo de lo que marca el convenio?

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 27 de diciembre de 2010, resuelve esta controversia basándose en la interpretación del artículo 56.1.a) del Estatuto de los Trabajadores que indica que “el salario regulador de la indemnización es aquel que corresponde al trabajador al tiempo del despido y no el que arbitrariamente abona la empresa”.
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Dedicar muchas horas de trabajo para sacar adelante la empresa debería ser algo puntual y no convertirse en una rutina. Hay momentos en que es necesario estar más de lo debido al pie del cañón para llegar a tiempo a entregar lo comprometido, bien porque los suministros no nos los han servido en plazo o porque hemos calculado mal cuánto nos llevaría terminarlo.

Pero si esto pasa un día sí y otro también, empieza a convertirse en un problema. El tiempo es un bien escaso y hay que gestionarlo adecuadamente, y muchas veces hay la sensación de que no se aprovecha bien. Aunque nos empeñemos, no hay días de 36 horas ni cuerpo que aguante una actividad frenética si no descansa, de modo que controlar el tiempo y aprovecharlo se convierte en algo prioritario. Leer la noticia completa

El Gobierno denegará las solicitudes de reagrupación familiar cuando “de forma indubitada” se determine que el inmigrante no podrá mantener sus ingresos durante el año siguiente, para lo que analizará la “evolución” de la renta que ha percibido durante los seis meses antes de que pidiese permiso para traer a sus familiares.

Esta es una de las principales modificaciones que se han incorporado al borrador de Reglamento de Extranjería sometido a audiencia pública por el Gobierno, y es fruto de un acuerdo alcanzado la semana pasada con los sindicatos y la patronal, con quienes se negociaron distintos aspectos del texto.
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El siguiente paso que se plantea el Gobierno en su plan de reformas laborales es la modificación de los marcos de negociación colectiva. Los contactos que se están realizando con los sindicatos van encaminados a llegar a un consenso en los términos de esta nueva reforma. Uno de los puntos básicos de esta reforma es que tiene que ver son la ultraactividad.

Las normas de la negociación de convenios establecen la prórroga indefinida de éstos cuando no se han podido renegociar por falta de acuerdo entre las partes, esto es lo que se llama ultraactividad. Cuando llegada la fecha en que hay que renovar el convenio, si no hay acuerdo para firmar uno nuevo, se establece que se prorroga el anterior hasta la nueva firma. Una de las cosas que perseguiría la nueva norma es acabar con esta situación.
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Una empresa cesó a un empleado en situación de incapacidad temporal; los tribunales dieron la razón al trabajador y la compañía optó por readmitirle en lugar de pagar la indemnización porque preveía que terminaría en una incapacidad permanente total.

Un trabajador de baja por incapacidad temporal (IT) agotó el periodo máximo de doce meses y se le concedió una prórroga por seis más. Entre tanto, fue despedido de forma improcedente según la sentencia. La empresa optó por reincorporarle, lo que no se llegó a producir porque se declaró su incapacidad permanente total. El empleador entendía que no debía pagar el complemento por IT recogido en el convenio.
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Las conversaciones entre Gobierno, Patronal y Sindicatos tienen como objetivo el acuerdo para establecer un nuevo marco de negociación colectiva, y estas conversaciones afectarán de manera significativa a las pymes, ya que hay varias propuestas de reformas que tienen mucho que ver con su situación particular.

Se venía hablando de la necesidad de facilitar a las pequeñas empresas el descuelgue de los convenios sectoriales, ya que en muchas ocasiones no se tienen en consideración las diferencias entre las pymes y las grandes empresas de esos mismos sectores. Para ello se estudia la posibilidad de que la empresa se reserve la negociación con sus trabajadores de aquellas materias cuya negociación sea más eficiente en ese nivel.
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