Un juzgado de Cádiz declara improcedente la sanción impuesta a un trabajador pese a que la empresa probó que simulaba la dolencia cuando acudía al centro de trabajo a entregar documentación.

Un juzgado de Cádiz ha estimado improcedente la decisión empresarial de despedir a un empleado que fingía una cojera con el afán de demostrar que persistían los síntomas que le habían llevado a estar en situación de incapacidad temporal.
Para el juez, la actuación del trabajador aparentando ante la empresa la persistencia de un síntoma es una irregularidad que, sin embargo, no reviste suficiente gravedad como para despedir.
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Reducción salarial por decreto

3 / octubre / 2011

¿Puede el Gobierno reducir unilateralmente los salarios pactados previamente con los sindicatos en un convenio colectivo vigente? O, lo que es lo mismo, ¿puede el Gobierno modificar con un real decreto ley lo acordado por la negociación colectiva?.

El real decreto ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, recortó en gran medida las retribuciones de los empleados públicos. Y, en los últimos meses, estamos asistiendo a un número considerable de demandas en las que los sindicatos alegan que las reducciones salariales efectuadas por las distintas entidades públicas vulneran su derecho a la libertad sindical en su vertiente funcional de negociación colectiva, puesto que dejan sin efecto lo pactado en un convenio colectivo vigente.
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Las empresas deberían tener más facilidades para poder despedir con veinte días por año a quien falte al trabajo de forma reiterada, aunque sea de forma justificada, con el fin de combatir el absentismo.

Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales deberían tener mayor papel en el control de las bajas laborales, sin tener la tutela administrativa que siempre tiene la última palabra.
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