Como parte de la cruzada que el Gobierno ultima contra la economía sumergida, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas estudia limitar el pago en efectivo a determinados colectivos como los autónomos a los 1000 euros, según confirman fuentes del Ministerio que dirige Cristóbal Montoro- Para otros colectivos, como las empresas, Hacienda ampliaría este desembolso de facturas en metálico hasta los 3000 euros.

Éstas serían las principales cifras con las que el Gobierno trabaja a día de hoy, en la que será la medida estrella del Plan General de Control Tributario para 2012 que Hacienda está dispuesta a aprobar antes de que termine el mes de febrero.
Leer la noticia completa

En la web de Hacienda ya se ha puesto a disposición de los contribuyentes el programa definitivo para el cálculo de retenciones de 2012- Como ya os informamos, con la modificación del IRPF realizado a finales de diciembre, que supuso la inclusión de un nuevo gravamen, el programa elaborado por la AEAT debía ser modificado.

De tal manera que el resultado que arrojaba ese programa sólo ser aplicaría en la nómina de enero y para saber las del resto del año habría que esperar a que apareciera la nueva aplicación que incluiría los cambios comentados. Esa modificación ya se ha realizado y ya podemos descargar la aplicación.
Leer la noticia completa

Lo primero que tenemos que dejar claro es que si el trabajador, socio o no socio, va a realizar su trabajo en España, ambos, trabajador y empresa, van a estar sometidos a las normas españolas, independientemente del país de origen de la empresa.

La situación más sencilla, en estos casos, se produce cuando el socio es autónomo y factura a la sociedad extranjera por sus servicios como si fuera un cliente más. Eso supondría el alta en Hacienda y en la Seguridad Social, teniendo que presentar las declaraciones trimestrales y pagando la cuota de autónomos.
Leer la noticia completa

El último grupo de infracciones contempladas en la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales corresponde a la infracciones leves- Integran este grupo aquellas que no están incluidas dentro del catálogo de infracciones muy graves ni en el de graves, pero, además, también se considerarán como leves aquellas infracciones graves pero cuyo incumplimiento se considera ocasional o aislado.

Las sanciones a aplicar en estos casos son económicas, con una multa que no podrá ser superior a 60.000 euros, y una amonestación privada.
Leer la noticia completa

  • ULTIMA HORA

  • LO + LEIDO