Ya ha ocurrido en otras ocasiones, ahora la AEAT ha vuelto a advertir de un intento de estafa a través de internet utilizando el nombre de la Agencia Tributaria – Este fenómeno, conocido como “phishing”, se realiza mediante el envío masivo de correos electrónicos utilizando, en este caso a Hacienda como gancho.

En esta ocasión, los correos anuncian que “después de los cálculos anuales pasados de su actividad fiscal hemos determinado que Usted es elegible para recibir un reembolso de impuestos de 223,56 euros” y viene firmado por la Agencia Tributaria e incorpora su imagen. En el contenido del mismo mensaje se solicita que se envíe, por el mismo medio, los datos de las tarjetas de crédito de los contribuyentes para realizar la comprobación de sus datos y proceder al abono de esa cantidad.
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Cuando un empresario decida cambiar la jornada, el horario, bajar el sueldo o trasladar a otra ciudad a un empleado, este tendrá que aceptar la decisión; si no lo hace, la opción que le queda es pedir la rescisión del contrato y recibir por ello la indemnización por despido más barata: 20 días de indemnización con un límite máximo de 9 o 12 mensualidades, según los casos- Luego el trabajador podrá recurrir ante los tribunales, pero esto no detendrá la decisión del empresario, según la reforma laboral. En caso de que el juez considere que la decisión no estaba justificada, el trabajador podrá regresar a su puesto de trabajo en las condiciones que tenía.

Sí que hay diferencias, cuando la decisión del empresario de cambiar las condiciones sustanciales de trabajo, afecten a un 10% de la plantilla. Entonces se abrirá un proceso de negociación. Si las conversaciones acaban sin pacto, y no se encuentra una solución en los mecanismos de mediación intermedios —como las comisiones paritarias— entonces entrará en juego la Comisión Nacional de Convenios Colectivos, que designará un árbitro encargado de dictar un laudo de obligado cumplimiento para las dos partes.
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La empresa está obligada a habilitar un local-comedor si los trabajadores, a pesar de contar con una interrupción de la jornada de dos horas, no disponen efectivamente de ellas para el almuerzo o comida, resultando a tal fin un tiempo sustancialmente inferior.

A esta conclusión llega el Supremo, en sentencia de 26 de diciembre de 2011, cuando en el centro de trabajo concurren determinadas circunstancias (aislamiento del centro, etc.) que impiden que los empleados, a pesar de contar la interrupción de jornada, puedan disfrutarla de forma efectiva.
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Desde que el Gobierno aprobase el pasado viernes la nueva reforma laboral, muchos han sido los colectivos que han interpretado esta reforma según los intereses del sector al que representan – Como no podía ser de otra manera, las nuevas medidas del Gobierno afectan, sobre todo, a los emprendedores y pequeños empresarios.

Grosso modo, hemos resumido las nuevas reformas en diez puntos que afectan a todos los emprendedores. Tanto a los que aún no han dado el salto como a los que lo dieron hace años:
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