El Gobierno ya ha redactado el decreto que regulará las agencias de colocación. En él, entre las 15 obligaciones que el Ministerio de Trabajo pone a las empresas privadas que quieran intermediar en el mercado laboral está la de prestar especial atención a los colectivos con problemas a la hora de encontrar empleo (mujeres, jóvenes, parados de larga duración…).

Con ello trata de evitar que se dediquen exclusivamente a colocar a los parados con más posibilidades de encontrar empleo y dejen que sean los servicios públicos los que se ocupen de los colectivos más problemáticos.
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El responsable de la mayor ETT cree que la reforma laboral, “tardía e insuficiente”, debe designar estas empresas como las agencias de intermediación globales.

España tiene una tasa de temporalidad excesiva. En lugar de un 25% bastaría con un 17%”. Estas palabras pueden resultar chocantes en la boca del presidente de Adecco, la mayor empresa de trabajo temporal del país. Sin embargo, Enrique Sánchez (Sevilla, 1967) asegura que “la temporalidad se reduciría si se canalizara mediante las ETT”. Sánchez espera que la reforma laboral que salga del Parlamento profesionalice la intermediación laboral, y aboga por “eliminar las subcontratas” que se dedican a fomentar el empleo precario.
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El Ejecutivo tendrá que buscar una coartada si, finalmente, las negociaciones entre patronal y sindicatos para reformar el mercado laboral vuelve a enrocarse.

En el documento oficial puesto encima de la mesa hay ideas mayúsculas, otras livianas y algunas, simplemente, irrenunciables desde el punto de vista legal. Es el caso del cerco a la intermediación laboral o, dicho en palabras más llanas, las trabas artificiales que arrastran las agencias de empleo privadas, más conocidas como ETT.
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Los Servicios Públicos de Empleo intermediaron en el pasado año en tres de cada 100 colocaciones, mientras que las ETT lo hicieron en doce, lo que supone una proporción 4,5 veces mayor.

Las ETT colocaron a más trabajadores en 2009 que los Servicios Públicos de Empleo (SPE) según un informe de la Asociación de Grandes Empresas de Trabajo Temporal (AGETT). El informe señala que estas empresas consiguieron dar más empleo en todas las comunidades autónomas a excepción de Extremadura.
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Las agencias de colocación mueven 10 millones de contratos al año en la UE. El 80% de los puestos de trabajo que gestionan no existiría sin su intermediación.

España es uno de los países más rezagados en aplicar la Directiva europea de Agencias de Trabajo Temporal de diciembre de 2008, una norma que sitúa 2012 como fecha límite para eliminar las barreras de acceso que arrastran las agencias de empleo (en España, aún denominadas ETT).
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Los países donde las empresas de trabajo temporal (ETT) tienen una mayor penetración son los que presentan las tasas de empleo más elevadas, según un informe elaborado por la patronal de grandes ETT (Agett).

De hecho, Reino Unido y Holanda, que son el primer y segundo país europeo con una mayor tasa de penetración de ETT, se sitúan en las primeras posiciones en tasa de empleo (71,5% y 77,5%, respectivamente) y en creación de puestos de trabajo (0,56% y 1,31%).
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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que establece que los empleados contratados a través de una empresa de trabajo temporal (ETT) recibirán los mismos sueldos y complementos salariales que los trabajadores de plantilla que ocupen el mismo puesto, según la sentencia dictada el pasado 22 de enero por la Sala de lo Social del Alto Tribunal.

El fallo, que unifica doctrina, concluye que “los trabajadores cedidos por las ETT tienen derecho a percibir la totalidad de las retribuciones que perciban los trabajadores de la empresa usuaria, en las mismas condiciones y circunstancias que éstos, sean o no parte de la estructura salarial establecida en el convenio colectivo sectorial”.
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Dadas las actuales circunstancias económicas, con un millón de parados más que hace un año, las oficinas de los servicios públicos de empleo (antiguo Inem) deberían tener una actividad frenética. Sin embargo, los únicos funcionarios desbordados por el trabajo son los que registran las demandas de largas colas de parados para cobrar la prestación. ¿Qué ocurre con el resto de servicios de intermediación entre ofertas y demandas de empleo; y con la orientación y formación a los parados que deberían impartir estas oficinas?.
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Su propuesta, que ya forma parte de la agenda del diálogo social, se inspira en las agencias privadas de empleo que ya funcionan en la Unión Europea

Las empresas de trabajo temporal no nacieron lo que se dice con buen pie en nuestro país. Su regulación, que coincidió con la reforma laboral de 1994, sufrió las consecuencias de este origen calificado de “abrupto” por sus protagonistas. Y, quince años después, el pasado todavía pesa.
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