Ante la falta de liquidez presupuestaria, la AEAT exige plazos para finalizar los expedientes. Los inspectores se quejan de que no pueden perseguir tramas complejas.

En época de bonanza se instaló una tendencia habitual entre los inspectores consistente en abrir el mayor número posible de expedientes para conseguir el bonus. Ahora, la escasez recaudatoria ha provocado que la Agencia Tributaria meta prisa a los inspectores y les exija plazos con el objetivo de adelantar lo más rápido posible la liquidez de las deudas tributarias, según estos funcionarios, que se quejan de que, de este modo, las investigaciones de los grandes entramados vinculados a paraísos fiscales no podrán ser realizadas.
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Las tradicionales disputas entre dos comunidades por el cobro del Impuesto de Sucesiones y Donaciones tienen visos de convertirse en un insoportable calvario para las fortunas y empresas familiares.

Las autonomías que, como Cataluña o Extremadura, han decidido mantener este impuesto –que son por regla general las socialistas, puesto que los territorios liderados por el PP lo han eliminado casi en su totalidad– acaban de encontrar una poderosa arma: podrán obstaculizar a los contribuyentes que paguen en otro territorio (e incluso intentar que acaben liquidando dos veces el impuesto) gracias a la posibilidad de plantear batalla jurídica reclamando su competencia sobre la herencia. Hasta ahora el contribuyente pagaba el impuesto por su herencia en alguna comunidad. En caso de que otra reclamase su derecho a gravar la herencia, esa batalla era ya cosa de una pura pelea entre regiones.
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El sector público español tarda 145 días en saldar sus deudas, frente a los 65 días de media en el resto de Europa.

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda integrados en Gestha piden que las empresas puedan compensar los pagos del IVA e Impuesto de Sociedades con las deudas de las Administraciones Públicas. Instan al Ejecutivo a que apruebe la ley que permita que los más de 12.300 millones de euros que las Administraciones Públicas adeudan a las empresas puedan compensar los pagos del Impuesto de Sociedades y del IVA.
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Hacienda estudia eludir la aplicación de la sentecia del Tribunal Supremo que obliga a las empresas a incluir la cuantía de estas remuneraciones en los estatutos para que sean fiscalmente deducibles.

El presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), Juan Carlos López-Hermoso, anunció ayer que la Agencia Tributaria prepara un documento en el que aclarará que la retribución de los administradores de una sociedad seguirá considerándose un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades.
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El secretario de Estado de Hacienda, Carlos Ocaña, aseguró ayer que el Gobierno tomará medidas, que ‘podrían’ instrumentalizarse a través del ICO, para ‘aliviar’ la deuda que los ayuntamientos mantienen con las empresas y recortar el plazo de pago de las facturas. El retraso suele superar con creces los 60 días que se marca la Administración central como límite.
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La Sala Primera del Tribunal Supremo (TS) ha zanjado las controversias existentes respecto a la interpretación del artículo 94.1 de la Ley Concursal, al decidir en Pleno no aumentar el porcentaje de cobro de la Hacienda Pública y la Seguridad Social como acreedores dentro de los procesos concursales.
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El colectivo de los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) denunciaron ayer que la Agencia Tributaria aplica un interés del 7% a aquellos contribuyentes que solicitan una demora o fraccionamiento de su deuda tributaria. Para los técnicos, este tipo de interés resulta excesivo, ya que representa el doble de la cotización del euríbor a cierre de 2008.
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La deuda tributaria que se encuentre en litigio en un procedimiento amistoso no originará intereses de demora. Es una de las medidas que incluyó el Gobierno en la ley que aprobó a finales de año que suprime el impuesto de sociedades y establece la devolución mensual del IVA.
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