La nueva Ley de Morosidad instaura unos plazos de pago máximos obligatorios: 30 días para el sector público y 60 para las empresas, quedando prohibido dilatar esas franjas mediante un pacto entre las partes. Para facilitar la adaptación a esta nueva situación, se permitirá una reducción escalonada de los plazos, hasta el punto de no retorno de 2013. Así, las empresas deberán pagar las facturas a sus proveedores en no más de 85 días desde la entrada en vigor de la ley y a lo largo de 2011, en un plazo 75 días en 2012 y de 60 días, definitivamente, desde 2013, año. Para ello se modificará la Ley de Contratos del Sector Público.
Sin embargo, la nueva norma no garantiza el cobro: si éste no se produce, comienza el consabido viacrucis judicial en el que al final quien siempre pierde es el demandante, si no el dinero sí el tiempo. Una buena gestión de impagados puede ahorrar muchos disgustos.
Leer la noticia completa